El IASB publicó la IFRS 18 para reemplazar la IAS 1. La nueva norma introduce cambios estructurales en la presentación del estado de resultados, con tres categorías obligatorias que afectarán cómo las empresas chilenas comunican su desempeño a partir del 1 de enero de 2027.
En abril de 2024, el IASB publicó la IFRS 18 "Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros", reemplazando a la IAS 1 vigente desde 1997. Esta nueva norma, de aplicación obligatoria para ejercicios iniciados el 1 de enero de 2027, introduce cambios estructurales que los CFOs y equipos contables deben comenzar a analizar hoy. No se trata de un ajuste cosmético: la IFRS 18 redefine la arquitectura del estado de resultados y exige revelar, por primera vez de forma obligatoria, las métricas de desempeño que la administración utiliza para comunicar resultados al mercado.
IAS 1 vs. IFRS 18: diferencias estructurales que cambian el reporting
Bajo la IAS 1, las empresas tienen amplia discrecionalidad para presentar su estado de resultados: pueden utilizar la función del gasto o la naturaleza del gasto, agrupar partidas sin categorías obligatorias y definir subtotales intermedios de forma libre. Esta flexibilidad, que durante décadas permitió adaptar los estados financieros a distintos modelos de negocio, generó un problema estructural de comparabilidad. Analistas, inversionistas y clasificadoras de riesgo no podían comparar empresas de un mismo sector sin rehacer manualmente los estados financieros.
La IFRS 18 resuelve este problema con cinco categorías obligatorias de clasificación en el estado de resultados: (1) ingresos y gastos de operación — el núcleo de la actividad principal del negocio; (2) ingresos y gastos de inversión — retornos generados por activos que producen ingresos de forma independiente de las operaciones centrales, como dividendos de inversiones en asociadas contabilizadas bajo el método de participación; (3) ingresos y gastos de financiamiento — intereses sobre pasivos financieros y rendimientos de efectivo no asociados a operaciones; (4) impuesto a las ganancias; y (5) operaciones discontinuadas. Adicionalmente, la norma exige tres subtotales obligatorios: resultado operativo, resultado antes de financiamiento e impuestos, y resultado del periodo. El resultado operativo pasa a ser un subtotal definido normativamente por primera vez en la historia IFRS.
Management-defined Performance Measures (MPM): qué son y cuándo aplican
Uno de los elementos más innovadores — y exigentes — de la IFRS 18 es el régimen de Management-defined Performance Measures. Una MPM es cualquier métrica de rendimiento financiero definida por la administración que: (a) no está requerida ni especificada por las IFRS; (b) comunica la visión de la gerencia sobre el desempeño financiero de la entidad; y (c) se divulga en comunicaciones públicas como presentaciones a inversionistas, informes anuales, comunicados de prensa o reportes de sostenibilidad.
El EBITDA ajustado es el ejemplo más común, pero no el único. Otras métricas frecuentes en empresas chilenas que podrían calificar como MPM incluyen: EBIT normalizado, flujo de caja libre operacional, resultado neto ex-items no recurrentes, ingresos recurrentes y margen de contribución ajustado. Cualquier métrica que modifique, agrega o excluye partidas IFRS para presentar el desempeño financiero ante el mercado entra dentro de la definición.
Cuando una métrica califica como MPM, la IFRS 18 exige revelar en los estados financieros: una descripción de la métrica y su utilidad para los usuarios; una conciliación cuantitativa con el subtotal o total IFRS más directamente comparable; la tasa de impuesto aplicada a los ajustes; y una explicación de cualquier cambio en la definición de la métrica respecto al periodo anterior. Esta revelación no puede quedar solo en el informe de gestión o en la presentación a inversionistas — debe estar en las notas a los estados financieros auditados.
Ejemplo numérico: conciliación MPM del EBITDA ajustado bajo IFRS 18
Considere una empresa industrial chilena con los siguientes resultados al 31 de diciembre de 2026 (en millones de CLP): Ingresos ordinarios CLP 48.500M, Costo de ventas (CLP 31.200M), Resultado bruto CLP 17.300M, Gastos de administración y distribución (CLP 6.800M), Resultado operativo IFRS 18 CLP 10.500M. La administración comunica habitualmente un "EBITDA ajustado" que excluye depreciación y amortización (CLP 2.100M), costos de reestructuración no recurrentes (CLP 850M) y deterioro de activos (CLP 420M). El EBITDA ajustado presentado al mercado asciende a CLP 13.870M.
Bajo IFRS 18, esta empresa deberá incluir en sus notas la siguiente conciliación formal: Resultado operativo IFRS 18: CLP 10.500M. Más: Depreciación y amortización: CLP 2.100M. Más: Costos de reestructuración (clasificados como operativos): CLP 850M. Más: Deterioro de activos (clasificado como operativo): CLP 420M. EBITDA ajustado (MPM): CLP 13.870M. Adicionalmente, deberá revelar la tasa impositiva implícita aplicada a los ajustes (27% en Chile) y explicar por qué cada ajuste es considerado no representativo del desempeño recurrente. Esta conciliación debe ser auditada, lo que implica que el criterio de cada ajuste estará sujeto a revisión por parte del auditor externo.
Impacto en los covenants financieros de contratos de deuda
Un aspecto que pocas empresas han analizado aún es el impacto de la IFRS 18 en los contratos de crédito vigentes. La mayoría de los covenants financieros en préstamos bancarios y bonos chilenos están redactados con referencia a métricas como EBITDA, resultado operacional o ratio deuda neta/EBITDA, pero sin una definición precisa de qué norma IFRS o qué versión de la norma se utiliza para calcularlos.
Al entrar en vigor la IFRS 18, la reclasificación de ciertas partidas entre categorías puede alterar el resultado operativo definido normativamente — y por tanto el denominador del ratio de cobertura. Por ejemplo, si una empresa actualmente incluye en su resultado operacional ingresos por arrendamiento de activos que bajo IFRS 18 deberán clasificarse como ingresos de inversión, el resultado operativo IFRS 18 será inferior al resultado operativo IAS 1, lo que podría tensionar el cumplimiento de un covenant de cobertura definido como EBIT/gastos financieros ≥ 3,0x. Esto no sería un deterioro operacional real, sino un efecto puramente de reclasificación contable.
La recomendación es clara: antes de que la norma entre en vigor, los CFOs deben revisar cada contrato de crédito vigente, identificar los covenants que hacen referencia a métricas de resultado o EBITDA, calcular el efecto de la IFRS 18 sobre esas métricas bajo distintos escenarios, y negociar preventivamente con los acreedores la actualización de las definiciones contractuales. Este ejercicio es significativamente más fácil de hacer hoy, mientras la empresa cumple holgadamente sus covenants, que en 2027 con la norma ya vigente.
Checklist de readiness IFRS 18 para CFOs chilenos
- Mapeo de categorías: revisar cada partida del estado de resultados actual y asignarla a una de las cinco categorías IFRS 18, identificando reclasificaciones necesarias.
- Inventario de MPM: listar todas las métricas de rendimiento comunicadas en presentaciones a inversionistas, press releases, informes anuales y reportes al directorio. Evaluar cuáles califican como MPM bajo la definición IFRS 18.
- Conciliaciones preliminares: preparar borradores de las conciliaciones MPM para cada métrica identificada, incluyendo impacto fiscal de los ajustes.
- Revisión de covenants: analizar todos los contratos de crédito vigentes, identificar métricas referenciadas y cuantificar el impacto de la reclasificación IFRS 18 sobre el cumplimiento de cada covenant.
- Actualización de sistemas ERP: evaluar si el sistema ERP actual permite la extracción de datos bajo la nueva estructura de cinco categorías, o si requiere parametrización adicional.
- Alineación con auditor externo: iniciar conversaciones con el auditor externo sobre el criterio de clasificación de partidas ambiguas, en especial aquellas que la empresa podría argumentar como operativas pero que el auditor podría cuestionar.
- Plan de capacitación: diseñar un programa de actualización para el equipo contable, el área de tesorería y el área de investor relations que comprenda las implicancias de MPM en las comunicaciones al mercado.
- Comparativos 2026: la IFRS 18 exige presentación retroactiva. El estado de resultados de 2026 deberá ser reexpresado bajo la nueva estructura para ser presentado como comparativo en los estados financieros de 2027.
Cronograma recomendado de implementación: Q1 2026 → Q1 2027
El plazo hasta enero de 2027 puede parecer amplio, pero la experiencia en implementaciones IFRS muestra que el tiempo real de trabajo es significativamente mayor al estimado inicialmente. El cronograma que recomendamos contempla cuatro fases: Fase de diagnóstico (Q1 2026, enero a marzo): mapeo de categorías, inventario de MPM e impacto en covenants. Fase de diseño (Q2 2026, abril a junio): definición de políticas contables bajo IFRS 18, borradores de conciliaciones MPM y propuestas de actualización de contratos. Fase de implementación técnica (Q3 2026, julio a septiembre): parametrización de ERP, ajustes en plantillas de reportes y capacitación de equipos. Fase de dry run y auditoría preliminar (Q4 2026, octubre a diciembre): preparación de estados financieros de 2026 bajo IFRS 18 de forma paralela, revisión anticipada con el auditor externo e identificación de ajustes de último momento. Primer cierre oficial bajo IFRS 18 (Q1 2027): estados financieros anuales 2026 reexpresados + estados financieros 2027 bajo nueva norma.
Las empresas que comiencen este proceso en el segundo semestre de 2026 enfrentarán una presión significativa sobre sus equipos contables y un riesgo real de observaciones en la auditoría de cierre 2026 — que es el primer periodo que deberá ser reexpresado. La ventaja competitiva no es solo técnica: los grupos empresariales que completen su transición antes de 2027 podrán comunicar proactivamente a sus inversionistas y acreedores el impacto de la norma sobre sus métricas, lo que reduce la incertidumbre y fortalece la relación con el mercado financiero.
En AB Advisory acompañamos procesos de convergencia y actualización normativa IFRS en empresas chilenas con exigencias de reporte internacional. Nuestro enfoque combina la precisión técnica de quien ha trabajado con estados financieros IFRS en entornos multinacionales — incluyendo grupos con auditorías Big Four — con el conocimiento específico del mercado chileno y sus particularidades regulatorias. Si necesita evaluar el impacto concreto de la IFRS 18 en sus estados financieros, sus covenants vigentes o sus métricas de comunicación al mercado, contáctenos para iniciar una evaluación técnica de su caso.
Fundador de AB Advisory con 20+ años en finanzas corporativas, IFRS y reestructuración de deuda en Chile y LATAM.
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